15 de diciembre de 2007

Aprobada la nueva formación inicial del profesorado

Aprobada la nueva formación inicial del profesorado


El Consejo de Ministros ha aprobado tres acuerdos por los que se regulan, conforme a la Ley Orgánica de Educación (LOE), las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de maestro en Educación Infantil, maestro en Educación Primaria, y profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

Los acuerdos permitirán ampliar y mejorar la formación inicial de los docentes, aprovechando las posibilidades que ofrece la adaptación de la Universidad española al Espacio Europeo de Educación Superior y la creación de los títulos de grado universitario y de máster oficial.

Los futuros maestros en educación infantil o en educación primaria cursarán títulos de grado de cuatro años de duración (240 créditos), uno más que en la actualidad.

En cuanto a los profesores de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, el Acuerdo adoptado hoy establece que será necesario ser graduado universitario y cursar un máster oficial específico de un año de duración (60 créditos europeos) con unos requisitos y objetivos establecidos por la Administración.

Contenidos mínimos

Tras la adopción de estos acuerdos, el Ministerio de Educación y Ciencia publicará las Órdenes por las que se fijan los contenidos mínimos y objetivos de estas enseñanzas, lo que permitirá a las Universidades desarrollar sus planes de estudios. Estas mejoras afectarán a los futuros graduados.

El nuevo Máster de secundaria mejorará considerablemente la formación de nuestros futuros profesores. Entre las condiciones que se exigirán para acceder al Máster habrá de acreditarse el dominio de una lengua extranjera. Asimismo, el 80 por 100 de la enseñanza ha de ser presencial, y los alumnos deberán cursar prácticas docentes.

Los actuales diplomados o estudiantes de magisterio y licenciados con el Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP) no perderán ninguno de los derechos adquiridos con sus títulos.

Fuente: www.la-moncloa.es



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