11 de febrero de 2008

Educación Infantil (4): Propuestas de mejora del Consejo Escolar del Estado (Informe Curso 2005-2006)

1ª) Teniendo en consideración que la educación en edades tempranas constituye un factor de primera magnitud para compensar las situaciones de desventaja con la que parten algunos niños y niñas que acceden al sistema educativo, se hace necesario que el acceso a esta etapa educativa se vea progresivamente potenciado en ambos ciclos. En consecuencia, el Consejo Escolar del Estado insta a las Administraciones educativas a que elaboren un plan de construcción de plazas públicas que garantice la suficiente oferta de las mismas en la educación pública.

Se insta a las Administraciones educativas a alcanzar una tasa de escolarización del 100% de los niños y niñas en el segundo ciclo de la Educación Infantil, estableciendo para ello un calendario acorde con los objetivos europeos fijados para el 2010.

2ª) Por las mismas razones expuestas anteriormente, se efectúa un llamamiento a las Administraciones educativas para que incrementen de manera sustancial la oferta de puestos escolares públicos y el gasto público destinado al primer ciclo de la Educación Infantil, en el marco de su programación educativa, con el fin de que los objetivos marcados en el Programa Nacional de Reformas puedan ser una realidad en el horizonte del 2010. Todo lo anterior, en ningún caso podrá ir en detrimento de la necesaria financiación en los niveles obligatorios del sistema.

3ª) Con independencia de lo expuesto en el punto anterior, se recomienda a las Administraciones educativas un decidido apoyo a las medidas de colaboración con las Corporaciones locales encaminadas a la creación de plazas gratuitas en el primer ciclo de la Educación Infantil, lo que, además de los beneficiosos efectos que de ello se derivarán para los niños y niñas, facilitará la conciliación de la vida familiar y laboral de los padres y madres.

4ª) Las enseñanzas mínimas del primer ciclo de la Educación Infantil y los requisitos mínimos que deben reunir los centros en los que se impartan estas enseñanzas deben ser regulados por la Administración del Estado, de tal forma que se reconozca el carácter unificado de los dos ciclos de la etapa, se permita una respuesta educativa completa y se regulen unos requisitos mínimos comunes que deben cumplir todos los centros que la impartan.

5ª) Con el propósito de acrecentar la equidad en nuestro sistema educativo, se hace conveniente la colaboración de especialistas en Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje que permita la detección precoz de las deficiencias en estos aspectos. Se recomienda a las Administraciones educativas que potencien la creación y financiación de los citados equipos de especialistas en todos los centros públicos y centros privados concertados que ofrezcan Educación Infantil, así como la actuación de los Equipos de Orientación Psicopedagógica y los de atención temprana que deben incrementar su actuación en el primer ciclo de la etapa.
Asimismo, se insta a las Administraciones educativas a incluir en los catálogos de puestos de trabajo la dotación de un maestro especialista de apoyo por cada tres unidades.
El Consejo Escolar del Estado considera necesario que en las plantillas de los centros que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil deben incluirse otros profesionales, como Técnicos Superiores en Educación Infantil.

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7ª) Incidir en la mejora de la calidad y facilitar la atención individualizada en esta etapa educativa exige que el número máximo de niños y niñas por clase disminuya considerablemente; el Consejo Escolar del Estado insta al MEC a que regule un máximo de quince niños y niñas por aula (Nos imaginamos que se refiere solo al segundo ciclo), que se reducirán cuando se escolarice alumnado con necesidades educativas especiales.

8ª) Teniendo en consideración el grado de descentralización existente en nuestro sistema educativo, se hace necesario potenciar una estrecha colaboración entre las Administraciones Educativas Autonómicas y la Administración Educativa del Estado en relación con la Educación Infantil. Este Consejo Escolar del Estado propone a las Administraciones implicadas la elaboración conjunta de un Plan Especial de Educación Infantil, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, donde se detallen las medidas que deberán ser adoptadas, el calendario para la consecución de objetivos y la financiación destinada al logro de tales objetivos.

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Fuente: http://www.mec.es/cesces/informe-2005-2006/portada_CD.pdf

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