La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid ha publicado en el BOCM la Orden 2883/2008 por la que se regula la formación permanente del profesorado. En esta Orden se señala que a efectos de certificación 1 crédito de formación o de "especial dedicación" equivaldrá a 25 horas de trabajo en, en las que se incluye formación teórica, actividades prácticas, evaluaciones y trabajo personal.
Para obtener el complemento de formación será necesario acreditar 10 créditos de formación o de "especial dedicación", es decir, 250 horas de trabajo. ¡Más del doble que actualmente!
Los centros y entidades organizadoras son los centros de formación del profesorado de la Comunidad de Madrid (5 para toda la Comunidad de Madrid) y entidades que tienen suscrito convenio de colaboración o convenio de "carácter singular".
Podéis consultar el documento completo aquí
http://noalcierredeloscap.blogspot.com/
Para obtener el complemento de formación será necesario acreditar 10 créditos de formación o de "especial dedicación", es decir, 250 horas de trabajo. ¡Más del doble que actualmente!
Los centros y entidades organizadoras son los centros de formación del profesorado de la Comunidad de Madrid (5 para toda la Comunidad de Madrid) y entidades que tienen suscrito convenio de colaboración o convenio de "carácter singular".
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