La Federación de la Comunidad de Madrid de APAS Francisco Giner de los Ríos ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra la publicación del ranking de centros basado en la prueba de sexto de Primaria porque consideran que la actuación de la Consejería de Educación ha vulnerado varios artículos de la Ley Orgánica de Educación (LOE).
Así, la Federación ha iniciado acciones judiciales contra la actuación administrativa de la Consejería porque entienden que se han vulnerado concretamente desde el artículo 140 al 147 de la LOE. "Podemos encontrarnos en una situación de vía de hecho que nos coloca ante una actuación material de la Administración que carece de la necesaria cobertura jurídica y lesiona derechos e intereses legítimos", apuntan.
En el artículo 140.2 se puede leer:"No podrá amparar que los resultados de las evaluaciones del sistema educativo, independientemente del ámbito territorial estatal o autonómico en el que se apliquen, puedan ser utilizados para valoraciones individuales de los alumnos o para establecer clasificaciones de los centros".
Por su parte, en el artículo 144.3 se establece que "en ningún caso, los resultados de estas evaluaciones podrán ser utilizados para el establecimiento de clasificaciones de los centros", mientras que en el artículo 145.1 se recoge que las Administraciones educativas, en el marco de sus competencias, podrán elaborar y realizar planes de evaluación de los centros educativos, "que tendrán en cuenta las situaciones socioeconómicas y culturales de las familias y alumnos que acogen, el entorno del propio centro y los recursos de que dispone".
La FAPA Francisco Giner de los Ríos lamentó que "el empecinamiento de la Consejería de Educación obligue a judicializar constantemente el sistema educativo madrileño" e insta a ésta y al Gobierno regional a reconducir sus modos de proceder, "si realmente quieren mejorar la calidad de la educación en nuestra Comunidad".
Fuente: http://www.europapress.es/
Así, la Federación ha iniciado acciones judiciales contra la actuación administrativa de la Consejería porque entienden que se han vulnerado concretamente desde el artículo 140 al 147 de la LOE. "Podemos encontrarnos en una situación de vía de hecho que nos coloca ante una actuación material de la Administración que carece de la necesaria cobertura jurídica y lesiona derechos e intereses legítimos", apuntan.
En el artículo 140.2 se puede leer:"No podrá amparar que los resultados de las evaluaciones del sistema educativo, independientemente del ámbito territorial estatal o autonómico en el que se apliquen, puedan ser utilizados para valoraciones individuales de los alumnos o para establecer clasificaciones de los centros".
Por su parte, en el artículo 144.3 se establece que "en ningún caso, los resultados de estas evaluaciones podrán ser utilizados para el establecimiento de clasificaciones de los centros", mientras que en el artículo 145.1 se recoge que las Administraciones educativas, en el marco de sus competencias, podrán elaborar y realizar planes de evaluación de los centros educativos, "que tendrán en cuenta las situaciones socioeconómicas y culturales de las familias y alumnos que acogen, el entorno del propio centro y los recursos de que dispone".
La FAPA Francisco Giner de los Ríos lamentó que "el empecinamiento de la Consejería de Educación obligue a judicializar constantemente el sistema educativo madrileño" e insta a ésta y al Gobierno regional a reconducir sus modos de proceder, "si realmente quieren mejorar la calidad de la educación en nuestra Comunidad".
Fuente: http://www.europapress.es/
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