18 de septiembre de 2008

Manifiesto de profesorado de la Familia Profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad de Madrid

El 8 de septiembre de 2008, a una semana del comienzo del curso

El 8 de septiembre de 2008, a una semana del comienzo del curso, según el calendario oficial vigente, se publica el decreto 94/2008, del 17 de julio, del Consejo de Gobierno por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil (T.S.E.I.).

En dicho documento, la Comunidad de Madrid introduce dos nuevos módulos que no figuraban en las enseñanzas mínimas del título de Técnico Superior en Educación Infantil: Inglés en 1er. curso (130 horas) y Didáctica del Inglés en Educación Infantil en 2º curso (115 h.), dedicándole monográficamente un total de 245 horas, nada menos que un 15% de la formación total del educador infantil en el centro educativo. Además se establece en dicho decreto que para poder cursar el módulo de Didáctica del Inglés de Educación Infantil ha de haberse superado el inglés de 1º.

Los profesores de la Familia Profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, nos oponemos al decreto 94/2008, del 17 de julio, del Consejo de Gobierno por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil, básicamente porque:

  • Amenaza la competencia profesional de los futuros educadores infantiles de la Comunidad de Madrid

  • No respeta las características y necesidades de los niños y niñas de 0 a 3 años.

  • Desvirtúa la Formación Profesional Específica Reglada.

  • Contradice y desordena académicamente las enseñanzas de los ciclos formativos en la Comunidad de Madrid.

  • Crea un precedente que abre las puertas a contenidos impropios de las enseñanzas profesionales en el Sistema Educativo Español.

  • Limita la movilidad académica y profesional de nuestros alumnos y titulados al divergir tan exageradamente de los del resto de las Comunidades Autónomas.

  • No es fruto de ningún dictamen técnico conocido por parte de expertos en esta materia.

  • Su implantación es precipitada e incoherente con la preparación habida para ello.


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